Publicada la Orden de Módulos para 2025. ¿Qué ha cambiado?

orden de módulos para 2024

Otro año más, el Gobierno aprueba la orden de módulos para 2025. En síntesis, la mayoría de los signos y unidades se mantienen invariables, pero, como ocurre siempre, tienen lugar modificaciones que se deben mencionar y destacar.

Es pertinente recordar que los módulos es un método que la legislación tributaria habilita para estimar los rendimientos que una persona física o entidad sin personalidad jurídica, obtiene tanto en el IVA como en el IRPF.

Este método se caracteriza porque para determinar cuál es este rendimiento (cuánto se gana) se realiza una estimación, en base, por ejemplo, de la cantidad de mesas que tiene un bar, de los metros de superficie o del consumo eléctrico que pueda tener una tienda, o incluso tener en cuenta el número de personas que trabajan en dicho establecimiento. Asimismo, es pertinente recordar la simplicidad de gestión que supone en materia administrativa ya que tiene menores obligaciones documentales.

Por tanto, los cambios y cuestiones que merecen ser reseñadas son las siguientes:

Cambio en la magnitud excluyente para las actividades agrícolas

Se ha introducido un cambio en el computo del volumen de operaciones ya que se elimina del mismo la compensación del REAGP del IVA (12 por ciento). Por tanto aunque el límite se mantiene en 250.000 euros, si tenemos en cuenta la tasa de compensación del 12 por ciento el límite quedaría establecido en 280.000 euros.

Fijación de la reducción general en el 5%

Durante el ejercicio 2023, se estableció una reducción del 10% del rendimiento neto de módulos dadas las circunstancias geopolíticas que alteraron, en gran medida, el precio de materias primas de gran calado en la economía (véase el caso de los combustibles, electricidad y el gas natural).

Esta reducción se fijó en 2024 en el 5% y nuevamente, para el año 2025 va a seguir siendo el mismo porcentaje de reducción del 5%.

Magnitudes excluyentes en la orden de módulos para 2025

Poder estimar los rendimientos en estimación objetiva conlleva, por supuesto, limitaciones que se proceden a recordar:

Volumen de operaciones:

  • Para el conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales el limite se encuentra en 150.000 euros anuales.

Este límite no se podrá aplicar cuando los rendimientos correspondan a operaciones por las cuales hay que expedir factura porque el destinatario es un empresario o profesional. En estos casos el límite se sitúa en 75.000 euros anuales.

  • La ya comentada para el conjunto de actividades agrícolas, forestales y ganaderas con el limite de 250.000 euros anuales.

Volumen de compras en bienes y servicios:

El límite se encuentra fijado en 150.000€, excluyendo las adquisiciones de inmovilizado.

Medidas excepcionales paras los consumos de explotación de las actividades agrícolas y ganaderas

Como sabemos, años anteriores 2022, 2023 y 2024 se ha ido aplicando unas medidas excepcionales para las actividades agrícolas y ganaderas, como la minoración del 35% del precio de adquisición de gasóleo agrícola necesario para las actividades y minoración del 15% del precio de adquisición de los fertilizantes empleados para la actividad.

Como novedad, en la publicado de la orden desarrollada para 2025 en el método de estimación objetiva del IRPF estas medidas excepcionales se suprimen.

Renuncia y sus efectos

La renuncia a este método de cálculo de los rendimientos, para el pago de impuestos, se puede efectuar durante el mes de diciembre previo al nuevo ejercicio o con la presentación del modelo 130 o 303 mediante el sistema de cálculo de la estimación directa en el primer trimestre del año natural en que deba surtir efectos.

Asimismo, la renuncia al sistema de estimación objetiva comportará la obligación de estimar los rendimientos de forma directa durante los tres siguientes ejercicios.

Medidas excepcionales

Como consecuencia de la DANA del 29 de octubre de 2024, los contribuyentes que desarrollen actividades económicas en los municipios afectados por dicha catástrofe pueden reducir el rendimiento neto de módulos de dicho ejercicio (2024) en un 25%.

Esta reducción se aplica sobre el rendimiento neto de módulos resultante de aplicar la reducción del 5% antes mencionada, es decir, para los contribuyentes que desarrollen su actividad económica en alguno de los pueblos afectados por la DANA, además de poder deducirse el 5% del rendimiento neto de su actividad podrán deducirse un 25% más de rendimiento neto.

En resumen

Este método de estimación es muy ventajoso para aquellas actividades que reportan rendimientos altos, dado que supone un ahorro fiscal muy significativo. Es importante, pues, conocer de primera mano todo lo que concierne a la orden de módulos para 2025 o encontrarse bien asesorados por profesionales en la materia.

 

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