El mes de julio, para las empresas que cierran su ejercicio social con el año natural y celebraron sus juntas generales en junio, viene acompañado de la obligación de depositar las cuentas anuales en el Registro correspondiente. Hay que señalar que cada entidad, según su forma jurídica, deposita las cuentas anuales en el registro correspondiente. Por ejemplo,  las SL y SA en el Registro Mercantil y las cooperativas, en el Registro de Cooperativas.
Si la entidad tiene como fecha de cierre contable el 31 de diciembre tienen hasta el 30 de junio (6 meses) para celebrar la asamblea general ordinaria de aprobación de cuentas anuales y un mes adicional para depositarlas en el Registro correspondiente.
Las cuentas anuales se componen del Balance de Situación, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias , y la Memoria. Si no es PYME, hay que añadir el Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, y si además está obligada a auditarse, acompañará el Estado de Flujos de Efectivo, el Informe de auditoría y el informe de Gestión, este último elaborado por los administradores.
Otro documento necesario para el depósito de las cuentas es el certificado del acta de la asamblea o junta general ordinaria debidamente confeccionada y firmada por el administrador, administradores, presidente y secretario, etc., según sea el caso.
Este año como novedad, en el Registro Mercantil hay que identificar al titular real de la entidad. Este documento contiene información extra-contable exigible en aplicación de lo que se establece en la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de mayo de 2015, en relación a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo. Se entiende por titular real a la persona o personas físicas que posean o controlen, de forma indirecta o indirecta, un porcentaje superior al 25% del capital social. Para posteriores ejercicios, solo se cumplimentará este documento si se han producido cambios en la titularidad real.
El pasado mes de mayo varios organismos han interpuesto un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional contra la orden que aprobó los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales, por entrañar un “serio atentado al derecho a la intimidad de los pequeños y medianos empresarios”. Estaremos atentos a la posible resolución de este conflicto.