¿Cuánto puedo aportar al plan de pensiones? ¿Puedo aportar al plan de mi mujer?

Desde nuestra asesoría en Valencia te informamos sobre la aportación del plan de pensiones del cónyuge. La normativa de los planes de pensiones no permite que se realice una aportación por participe y año, superior a 8.000 euros anuales. La entidad gestora no ha de permitir que se supere dicho límite, pero puede ocurrir que por razón de tener más de un plan de pensiones se hubiera excedido. En caso de haberse excedido la cantidad que supere los 8.000 euros, debe de ser retirada antes del 30 de junio del año siguiente. Trascurrida esa fecha, el incumplimiento puede ser sancionado con un 50% de la cantidad excedida.

La sanción puede ser del 50% de la cantidad que supere el máximo legal

¿Se pueden efectuar aportaciones a un plan de pensiones cuyo partícipe sea otra persona?

Únicamente está permitido hacer aportaciones a un plan de pensiones cuyo partícipe sea el cónyuge, siempre que dicho cónyuge no obtenga rendimientos netos del trabajo ni de actividades económicas o los obtenga en cuantía inferior a 8.000 euros anuales. Estas aportaciones permitirán reducir la base imponible con el límite máximo de 2.500 euros anuales.

De la reducción de 2.500 euros se puede beneficiar cualquiera de los dos cónyuges (podría darse el caso que el cónyuge que no tiene rendimientos del trabajo, los tuviera de otro tipo), lo que no se puede es duplicar la reducción.

Por último, aclarar que las transmisiones entre cónyuges que se produzcan como consecuencia de estas aportaciones, con el límite fijado, no están sujetas al Impuesto sobre Donaciones.

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