¿Qué ventajas tendré y de qué me protegerá el plan de pensiones?

La ventaja principal la encontramos en el Impuesto sobre la renta, ya que se reduce la base imponible en el importe de las aportaciones realizadas a un plan de pensiones, con el límite máximo que queda fijado, en la menor de las dos cantidades siguientes:

a) 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio.

b) 8.000 euros anuales.

Tengamos en cuenta que este límite es conjunto no solo para las cantidades aportadas a planes de pensiones, sino también de las realizadas a mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia.

¿Qué contingencias cubren los planes de pensiones?

Las contingencias que cubren los planes de pensiones a los partícipes del mismo son:

  • La jubilación que se producirá cuando el partícipe accede a la jubilación en Régimen de la Seguridad Social aplicable, sea ordinaria, anticipada o posteriormente. Cuando no sea posible el acceso de un partícipe a la jubilación, la contingencia se entenderá producida a partir de que cumpla los 65 años de edad, en el momento en que el partícipe no ejerza o haya cesado en la actividad laboral o profesional, y no se encuentre cotizando para la contingencia de jubilación para ningún Régimen de la Seguridad Social.
  • La incapacidad laboral total y permanente para la profesión habitual o absoluta y permanente para todo trabajo, y la gran invalidez, determinadas conforme al Régimen correspondiente de Seguridad Social.
  • La muerte del partícipe o beneficiario, que puede generar derecho a prestaciones de viudedad, orfandad o a favor de otros herederos o personas designadas.
  • La Dependencia severa o gran dependencia del partícipe, regulada en la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.

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