Cómo obtener mi devolución de IVA

devolucion de iva

Una de las obligaciones fiscales que nos encontramos en el mes de noviembre es “La comunicación de alta – baja en el Registro de Devolución Mensual del IVA, conocido entre los profesionales de la materia como REDEME”.

¿Cuándo debe pedirse la devolución de IVA?

En términos generales, la devolución de IVA solo puede pedirse en el ultimo periodo de liquidación, es decir, cuando se presenta el IVA del cuarto trimestre, pero si estamos acogidos al REDEME podemos pedir la devolución del IVA de manera mensual.

¿Cómo darme de alta?

La comunicación de alta se realiza en el mes de noviembre anterior al año en que deba surtir efecto, para que así se pueda disfrutar de esta devolución mensual a partir del 1 de enero del año siguiente.

Se trata de un régimen voluntario donde la inscripción se realiza mediante la declaración censal modelo 036. En el caso de grupos de entidades, la inscripción debe solicitarse mediante la declaración censal modelo 039, durante el mes de diciembre anterior al año que deben surtir efectos.

¿Qué pasa si no he realizado la comunicación en el mes de noviembre?

Si no se ha solicitado la inscripción en el registro en el plazo indicado no pasa nada, se puede solicitar la inscripción en el registro durante el plazo de presentación de las declaraciones-liquidaciones periódicas, es decir, del 1 al 20 de enero, abril, julio y octubre.

En estos casos, la inscripción en el registro surtirá efectos desde el día siguiente a aquél en el que finalice el periodo de liquidación de dichas declaraciones-liquidaciones.

¿Cuánto tiempo debo permanecer en dicho régimen una vez me haya dado de alta?

Los sujetos pasivos que se hayan inscrito en el Régimen de Devolución Mensual Del Iva (REDEME), deben permanecer en él, al menos durante el año para el que se solicita la inscripción.

En el caso de los sujetos que hayan realizado la inscripción en el plazo de presentación de las declaraciones-liquidaciones quedan obligados a permanecer en él al menos durante el año en el que se solicita la inscripción y el inmediato posterior.

¿Cómo darme de baja?

La solicitud de baja voluntaria se realiza como la comunicación de alta, es decir, debe presentarse la solicitud de baja voluntaria en el registro en el mes de noviembre del año anterior a aquel en el que deba surtir efectos mediante la declaración censal-modelo 036.

Una vez el sujeto pasivo este dado de baja, no puede volver a solicitar la inscripción en el registro en el mismo año natural para el que se ha solicitado la baja.

Te ayudamos con tu devolución del IVA

En Versis, equipo profesional y especializado en el asesoramiento tributario, podemos ayudarte en la cumplimentación e inscripción del Régimen de Devolución Mensual De IVA (REDEME).

Por ello si precisas de más información acerca de esta obligación fiscal (exclusiones, requisitos…), ponte en contacto con nosotros, estaremos encantados de atenderte ofreciéndote nuestros mejores servicios.

 

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