Las personas trabajadoras del hogar ya pueden acceder a formación gratuita en prevención de riesgos laborales y obtener un certificado oficial a través de la plataforma eFundae. Así lo establece la Resolución de 8 de mayo de 2026 del SEPE, publicada en el BOE el 15 de mayo, que desarrolla el Real Decreto 893/2024 sobre seguridad y salud en el servicio doméstico. La formación es única, gratuita y válida aunque se trabaje para varios empleadores.
Se trata de un paso más en la equiparación de derechos laborales del colectivo de empleados de hogar, un sector que hasta ahora carecía de un sistema específico de formación preventiva adaptado a su actividad diaria. A continuación repasamos qué regula esta resolución, cómo funciona el proceso de formación y autoevaluación, y qué obligaciones deben tener presentes tanto trabajadores como empleadores.
¿Qué regula la Resolución de 8 de mayo de 2026?
La resolución desarrolla la disposición adicional quinta del Real Decreto 893/2024, que ya preveía la creación de un sistema de formación y autoevaluación en materia preventiva para el empleo de hogar. En concreto, la norma establece tres cuestiones:
- Las actividades formativas concretas que deben cursar las personas trabajadoras del servicio doméstico.
- El proceso de autoevaluación para comprobar que los conocimientos se han adquirido correctamente.
- El sistema de certificación que acredita la realización de la formación.
Un dato relevante: la formación es única. Esto significa que, una vez completada, el certificado obtenido es válido con independencia de para cuántos empleadores se trabaje. No hay que repetir el curso al cambiar de domicilio o de familia.
¿Qué contenidos incluye la formación?
El programa formativo se estructura en torno a siete actividades identificadas por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), a partir de su mapa de riesgos generales y específicos del sector. Las cinco primeras se consideran de mayor relevancia por su exposición a accidentes y sobreesfuerzos:
| Actividad formativa | Relevancia |
|---|---|
| Tareas de limpieza | Alta |
| Preparar y servir comidas y bebidas | Alta |
| Conducción de vehículos | Alta |
| Cuidado de personas | Alta |
| Trabajo nocturno o en régimen interno | Alta |
| Trato con mascotas | Complementaria |
| Trabajos de jardinería | Complementaria |
Los contenidos están diseñados para proporcionar herramientas prácticas: desde conceptos básicos de prevención de accidentes hasta protocolos de actuación ante situaciones de emergencia en el entorno doméstico.
Hay un matiz importante que conviene no pasar por alto. Si las tareas a desempeñar en un domicilio concreto entrañan riesgos excepcionales, será necesaria una formación complementaria específica que corre a cargo del empleador, no de la plataforma pública.
¿Cómo se accede a la formación y dónde se realiza?
Toda la formación se imparte a través de la plataforma elearning eFundae, gestionada por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo. El acceso es completamente gratuito para la persona trabajadora y se realiza en modalidad online, lo que facilita la conciliación con la jornada laboral.
Para acceder, el trabajador debe darse de alta en la plataforma eFundae (www.efundae.es) y completar las actividades formativas a su ritmo. No se exige realizar toda la formación de una sola vez.
¿Cómo funciona la autoevaluación?
Una vez finalizada la formación, la resolución prevé un proceso de autoevaluación integrado en la propia plataforma eFundae. El objetivo es comprobar que la persona trabajadora ha asimilado los conocimientos de cada una de las siete actividades formativas.
La autoevaluación se realiza mediante controles de seguimiento periódicos que van verificando el aprendizaje a lo largo del curso. No se trata de un examen final único, sino de un seguimiento progresivo.
¿Qué certificado se obtiene al finalizar?
En función de los resultados de la autoevaluación, la persona trabajadora puede obtener uno de estos dos documentos:
| Tipo de acreditación | Requisito |
|---|---|
| Certificado de participación | Haber completado como mínimo el 75 % de los controles de seguimiento de la formación |
| Diploma de aprovechamiento | Además de completar el curso, haber superado positivamente el 75 % de las evaluaciones |
Ambos documentos incluyen la denominación de la actividad formativa, los contenidos cursados, la duración y la fecha de expedición. Se descargan directamente desde la plataforma eFundae una vez finalizada la actividad.
¿Qué obligaciones tiene el empleador?
Aunque la formación general corre a cargo de la plataforma pública y es responsabilidad del trabajador completarla, el empleador no queda al margen. El Real Decreto 893/2024 establece varias obligaciones que conviene tener presentes:
- Si las tareas del domicilio incluyen riesgos excepcionales, el empleador debe costear y facilitar una formación complementaria específica.
- Sigue vigente la obligación de realizar la evaluación de riesgos inicial del puesto de trabajo mediante la herramienta gratuita del INSST.
- El empleador debe facilitar que la formación se complete en horas de trabajo, conforme a lo previsto en la normativa.
En la práctica, esto supone que los hogares empleadores deben conocer esta nueva obligación formativa e integrarla en la gestión de la relación laboral con su personal doméstico. Para tener una visión completa de todos los derechos y obligaciones de las empleadas de hogar, conviene revisar el marco normativo completo que regula esta relación laboral especial.
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