La reciente DANA ha dejado a su paso numerosos daños en hogares y negocios, afectando gravemente la vida de muchas personas y el funcionamiento de empresas en las zonas impactadas. Para aliviar esta situación, se han aprobado una serie de medidas de apoyo destinadas a ayudar tanto a empresas como hogares afectados por la DANA en el proceso de recuperación.
Suspensión de obligaciones de pago de intereses y principal para préstamos y créditos con y sin garantía hipotecaria
Se podrá suspender las obligaciones de pago de intereses y principal para préstamos y créditos, independientemente de si están o no al corriente de pago, con y sin garantía hipotecaria, concedidos a afectados por el fenómeno meteorológico DANA
- Garantía hipotecaria
Los beneficiarios de esta medida podrán ser personas físicas residentes en las zonas afectadas y personas trabajadoras por cuenta propia y aquellas personas jurídicas con un volumen de facturación inferior a 6 millones de euros, siempre y cuando la garantía hipotecaria se haya constituido sobre inmuebles situados en alguna de las localidades afectadas.
- Sin garantía hipotecaria
Los beneficiarios de la suspensión de las obligaciones de pago de intereses y principal de préstamos y créditos sin garantía hipotecaria serán:
- Las personas físicas residentes en la zona afectada.
- Las personas trabajadoras por cuenta propia y aquellas personas jurídicas con un volumen de facturación inferior a 6 millones de euros en el último ejercicio cerrado, cuya actividad económica principal se encuentre situada en dicha zona, comprendiendo explotaciones agrarias, pesqueras, marinas o forestales, establecimientos mercantiles, industriales y de servicio.
Se entenderá incluido en esta medida los contratos de arrendamiento financiero y de financiación de circulante.
Acreditación de la condición de beneficiario
Para acreditar la condición de beneficiarios, en el caso de operaciones con garantía hipotecaria basta con una mera solicitud, en cambio, para el caso de las operaciones sin garantía hipotecaria de personas físicas residentes en alguno de los municipios afectados, hace falta un certificado de empadronamiento y otro documento en el cual se acredite la residencia del solicitante en alguna de las localidades.
En el caso de las operaciones sin garantía hipotecaria de personas trabajadores por cuenta propia y personas jurídicas con volumen de facturación inferior a 6 millones de euros hace falta un documento que acredite dicha circunstancia o, en su caso, mediante declaración responsable.
¿De cuánto tiempo será la moratoria?
Los deudores podrán solicitar hasta tres meses de suspensión de sus obligaciones. Dicha solicitud debe estar acompañada de la documentación aplicable y tendrán que especificar si son asalariados o autónomos y su actividad económica.
El plazo para la concesión de la moratoria es de quince días, a contar desde la presentación de la solicitud, el acreedor procederá a la suspensión, con efectos desde la fecha de la solicitud, de las obligaciones derivadas del contrato de préstamo o crédito.
La solicitud de la moratoria conllevará la suspensión de la deuda durante el plazo de tres meses, incluyendo la deuda impagada.
Transcurrido ese plazo, se extenderá la moratoria al pago por amortización del capital por un periodo adicional de nueve meses, sin perjuicio del cobro de los intereses que se devenguen en ese periodo.
Otras medidas para hogares afectados por la DANA
En relación con las medidas de carácter complementario destacamos las siguientes:
- Prestación de servicios a distancia en los órganos judiciales mientras persistan las circunstancias excepcionales que impidan, dificulten o desaconsejen los desplazamientos del personal a las sedes.
- Autorización de los notarios que sean necesarios para poder prestar asesoramiento notarial, recuperar documentación destruida, facilitar la prueba documental de derechos existentes y dar solución a otras dificultades de los afectados por la DANA.
- El Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España emitirá de forma gratuita notas de localización de patrimonio inmobiliario y otros bienes o derechos inscritos cuando sus titulares hayan perdido documentación.
- Las Oficinas de los Registradores Civiles, al igual que los órganos judiciales, utilizarán los medios telemáticos para la tramitación y comunicación con los ciudadanos, mientras persistan los efectos de la DANA.
- Si como consecuencia de la DANA, los contratos suscritos con anterioridad al 29 de octubre de 2024 ya sean de compraventa de bienes o de prestación de servicios o de provisión de suministros, resultasen de imposible cumplimiento de forma definitiva, las partes de contrato quedaran exoneradas de su cumplimiento. En el caso de los contratos de prestación de servicios de tracto sucesivo (arrendamiento) la persona consumidora o usuaria afectada tendrá derecho a elegir entre la resolución del contrato (sin ningún tipo de penalización) o el aplazamiento de este en los términos que se acuerden entre las partes.