Ya nos encontramos en una nueva campaña de Renta, en concreto la correspondiente al ejercicio 2016. Como siempre, esto supone la aparición de sensaciones contrapuestas. “A mí me sale a pagar, mientras a mi hermano que gana más, le sale a devolver”, “A mi padre le hacen la renta gratis en Hacienda, mientras que a mí no me la hacen”, “A mi cuñado aún no le han devuelto la Renta del año pasado”. Todo esto sin tener en cuenta la cantidad de dudas que surjen por la complejidad que tiene el impuesto, así como la introducción de las novedades que se introducen cada año.
El plazo para la presentación de la DECLARACION DE LA RENTA 2016 empezó el 5 de abril de 2016, finalizando el plazo el 30 de junio de 2017. En el caso que quieras domiciliar el pago (que Hacienda cargue en tu cuenta bancaria el importe que te sale a pagar el último día), tendrás de plazo hasta el 26 de junio de 2017.
Debes tener en cuenta que las prisas nunca son buenas consejeras, máxime, cuando de lo que hablamos es de rendir cuentas con Hacienda. Querer presentar la declaración o confirmar el borrador, sobre todo si el resultado es a devolver, sin haber verificado su contenido, trae consecuencias. Si con posterioridad nos damos cuenta de que hay algún dato erróneo, falta alguna deducción, o se han aplicado de forma incorrecta, la rectificación no es tan rápida como nuestro deseo de quitarnos de encima esta obligación anual. Recomendamos siempre la revisión de su Declaración de la Renta por parte de un profesional competente.
Desde Versis hemos preparado un Especial Renta con aquellas cuestiones que suelen ser de mayor interés. Le recomendamos que consulte con su asesor fiscal. Desde Versis nos ponemos a su disposición ante cualquier necesidad que puedan tener en esta materia.