Como ya viene siendo habitual en los últimos años, se publicó a principios de abril la Orden por la que se reducen los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales. La novedad de este año. Es que fueron publicadas antes del inicio del período para cumplir con nuestras obligaciones fiscales respecto a la declaración de la renta del ejercicio 2017.
En algunos casos, supone importantes reducciones en la obtención del rendimiento neto de la actividad, por lo que no deberíamos olvidar aplicar los nuevos índices, ya que pueden suponer un ahorro importante en nuestra factura de la renta de este ejercicio.
Sería importante que las cooperativas agrícolas sirvieran de plataforma para trasladar esta información a sus socios.
Adjuntamos link del BOE del pasado día 3 de abril, en el que se publicó la Orden HFP/335/2018, de 28 de marzo, en la cual se encuentra el listado de los índices reducidos aplicables, ordenado por los diferentes ámbitos territoriales y por tipo de actividad.