El próximo día 7 de abril, se abre el plazo para presentar los impuestos de Renta y Patrimonio correspondientes al año 2014, finalizando el 30 de junio.
Como cada año surgen dudas, y los foros familiares, de amigos, etc. son lugares habituales donde se suelen tratar en una primera fase estas incógnitas. Desde Versis queremos aportar una pequeña ayuda, contestando las preguntas más frecuentes que nos planteáis, y que hemos recopilado en una guía clave para no perderse. Esperamos que os sirva para resolver aquellas cuestiones más frecuentes, y generalmente más prácticas: plazos, forma de presentación y pago, obligación o no. La experiencia nos dice que hay tantas rentas como personas, cada renta es un mundo y por ello recomendamos que cuando no consigamos resolver nuestras dudas, se busque asesoramiento profesional.
Recordar que la principal novedad de este ejercicio 2014, es la posibilidad que tienen los titulares de deuda subordinada y obligaciones preferentes (generados entre 2010 y 2014) de compensar rentas negativas y positivas con cualquier renta positiva del ahorro.
También es necesario incidir en que aquellos emprendedores que el año pasado crearon una nueva empresa, la Ley de Emprendedores introdujo una nueva “deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación”, y una nueva “exención por reinversión en el supuesto de transmisión de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación.”
Por contra, una novedad negativa, es que a partir del 1 de agosto del 2014, el nuevo límite exento por indemnización por desempleo es de 180.000 euros, además, en el caso de los despidos improcedentes, para estar exentos deben estar reconocidos en un acto de conciliación o en la correspondiente resolución judicial.