En el DOCV del día 30 de marzo se ha publicado DECRETO LEY 1/2020, de 27 de marzo, del Consell, de medidas urgentes de apoyo económico y financiero a las personas trabajadoras autónomas, de carácter tributario y de simplificación administrativa, para hacer frente al impacto de la Covid-19.
Apoyo económico a las personas trabajadoras en régimen de autónomo
Se habilita al Consell, a que mediante un decreto posterior se aprueben las bases de las ayudas, por concesión directa, a personas trabajadoras en régimen de autónomo que desarrollen su actividad profesional en la Comunitat Valenciana, que se han visto afectadas por la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19. De la tramitación y gestión de estas ayudas se encargará LABORA Servei Valencià d’Ocupació i Formació.
Estas subvenciones se concederán de forma directa, por concurrir razones de interés público, económico, social y humanitario, en virtud de las circunstancias provocadas por la crisis sanitaria de la Covid-19 y la declaración del estado de alarma en las personas trabajadoras autónomas, que constituyen la mayor parte del tejido empresarial valenciano.
Importe de las ayudas
- 1.500 euros en concepto de lucro cesante para las personas trabajadoras en régimen de autónomo obligadas al cierre como consecuencia de la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
- 750 euros para el resto de los casos.
Beneficiarios de las ayudas
En ese decreto pendiente de publicación se establecerán los requisitos y las condiciones que tendrán que cumplir las personas beneficiarias
Apoyo financiero a las personas trabajadoras en régimen de autónomo
- La Generalitat, a través del Institut Valencià de Finances, aumentará el Fondo de provisiones técnicas de la Sociedad de Garantía Recíproca de la Comunitat Valenciana, destinados a facilitar la concesión de avales a las personas trabajadoras en régimen de autónomo. 
- Se adoptarán por parte de los órganos competentes del Institut Valencià de Finances medidas tendentes a facilitar las condiciones de repago de los créditos concedidos por la entidad 
Se modificará las líneas de financiación existentes en el Institut Valencià de Finances para que se dé respuesta no únicamente a las necesidades de liquidez ligadas a la reposición del capital circulante, sino a las necesidades de inversión previstas por las autónomas y autónomos valencianos durante 2020
Otras medidas
Plazos presentación de autoliquidaciones
Los plazos para la presentación y pago de las autoliquidaciones de los impuestos sobre Sucesiones y donaciones y sobre Transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, así como los de los tributos sobre el juego que hayan finalizado durante la vigencia del estado de alarma, se amplían hasta un mes contado desde el día en que se declare el fin de la vigencia de este estado de alarma.
Si el último día del plazo resulta inhábil, el plazo finalizará el día hábil inmediato siguiente.
En caso de declaraciones periódicas, se presentarán tantas declaraciones como trimestres naturales resulten afectados.
Deducción autonómica IRPF 2019
Se suprime, con efectos desde el 1 de enero de 2019, el requisito relativo a la obligación del contribuyente, como arrendatario, de presentar la correspondiente autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados derivada del contrato de arrendamiento de la vivienda habitual, para la deducción autonómica por arrendamiento de la vivienda habitual propiamente dicha o la que es como consecuencia de la realización de una actividad, por cuenta propia o ajena, en municipio distinto de aquel en el que el contribuyente residía con anterioridad. Por tanto, en la declaración cuyo plazo comienza el próximo día 1 de abril ese requisito ya no será exigible.