Recientemente, se ha publicado la conocida “Ley crea y crece”. Con esta norma la Administración pretende facilitar la creación de nuevas empresas, y hacer frente a la morosidad mediante el uso de la factura electrónica.
Para incentivar la creación de nuevas empresas se ha introducido la posibilidad de constituir una sociedad con tan solo un euro de capital social. Esta cuestión ya fue tratada anteriormente en nuestras noticias, por lo que si deseas acceder a ella puedes encontrarla en el siguiente enlace.
La obligatoriedad de remitir las facturas de forma electrónica será obligatoria cuando las operaciones se realicen entre empresarios y profesionales, y el objetivo principal, tal y como hemos comentado, es frenar la morosidad.
¿Cuándo tengo la obligación de emitir la factura electrónica?
Pues de momento lo desconocemos. Deberemos esperar a la publicación del reglamento de desarrollo de la Ley, y dependerá también del volumen de facturación. En principio se establecerán dos tramos, uno para aquellos que tengan un volumen de negocios superior a los 8 millones de euros, y otro para aquellos que no lo superan.
Para el primer grupo la obligación empezará al año de aprobarse el reglamento antes mencionado, mientras que para el segundo grupo será a partir de los dos años.
Así pues, ante el revuelo que supone estos cambios, recomendamos tranquilidad, ya que hasta que no se apruebe el reglamento y se modifique cierta normativa europea, desconocemos las particularidades del nuevo sistema de presentación de facturas.