¿Tiene Libro de Visitas? Ahora ya no es necesario

Acostumbrados al aumento de obligaciones y formalidades por parte de la Administración, cuando nos encontramos con medidas liberadoras es de agradecer. Este es el caso que nos ocupa, ya que desde el pasado 13 de septiembre, ya no es necesario disponer en los centros de trabajo del libro de visitas. Recordamos que este libro teníamos que tenerlo en los centros de trabajo, y ponerlo a disposición de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social por si alguno de sus inspectores “visitaban” la empresa.

Cabe recordar que, desde el 23 de julio de 2015, el libro de visitas dejó de ser obligatorio para los nuevos autónomos y emprendedores, medida a la que se suman ahora el resto de negocios y entidades.

Así pues, desde el 13 de septiembre, los inspectores tendrán que llevar una diligencia, en la que podrán rellenar todos los datos que antiguamente cumplimentaban en el libro de visitas. El Inspector entregará una copia a la empresa, que deberá conservarla durante 5 años, y otra copia, si procede, a los delegados de prevención.

Hay que tener en cuenta que persiste la obligación de conservar a disposición de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social todos aquellos Libros que estando agotados y sean anteriores al 13 de septiembre por un período de 5 años, a contar desde la fecha de la última diligencia realizada.

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