Depósitos bancarios, cuentas de ahorro. ¿Cómo se declaran los intereses?

Los depósitos bancarios, más conocidos popularmente como plazos fijos, consisten en un contrato por el cual un ahorrador entrega una cantidad de dinero a una entidad de crédito por un plazo de tiempo determinado, para que lo custodie, y una vez vencido dicho plazo, se le abone dicha cantidad más una adicional en concepto de intereses. El pago de dichos intereses puede coincidir con el vencimiento o satisfacerse en cualquier momento a lo largo del periodo del contrato.

Los rendimientos obtenidos por estos productos generan rendimientos del capital mobiliario, y se integran en la base imponible del ahorro, lo cual supone tributar a los siguientes tipos:

Parte de la base liquidable

Euros

Tipo aplicable

Porcentaje

Hasta 6.000€ 19,00%
Entre 6.000,01 y 50.000€ 21,00%
Desde 50.000,01€ 23,00%

No es admitido ningún gasto como deducible, por lo que declararemos íntegramente los intereses brutos que nos hayan satisfecho (los abonados en la cuenta más la retención a cuenta del IRPF que nos hayan practicado).

Regalos de la entidad financiera

Algunas entidades financieras tienen entre su política de captación de clientes o mantenimiento de los mismos, la de ofrecer determinados regalos (televisores, vajillas, teléfonos móviles, etc.) a cambio de la contratación de determinados productos.

Podrán darse dos supuestos. El primero consistente en que el regalo es consecuencia de la cesión de capitales, de forma que el regalo retribuye el depósito. En este caso, dicho regalo será declarado como un rendimiento del capital mobiliario, tal y como hemos visto en el apartado anterior. La entidad financiera proporcionará al contribuyente un certificado con la valoración del regalo y el ingreso a cuenta realizado (este puede llegar a repercutirse al cliente).

El segundo caso se produciría cuando el regalo entregado no tiene relación directa con la cesión de capitales, es decir, no se trata de una retribución de los mismos. Por ejemplo, podemos encontrarnos con el supuesto de la entrega de un determinado regalo como consecuencia de haber domiciliado la nómina.

El regalo del banco por domiciliar la nómina o abrir un plan de pensiones puede salir caro

En este caso, el rendimiento tendrá la calificación de ganancia patrimonial, la cual se integrará en la base general y no en la base especial del ahorro, ya que no se trata de la transmisión de un elemento. Esto significa que dicho importe estará gravado al tipo marginal de nuestra escala, o dicho de una manera más sencilla, pagaremos por el regalo el máximo que suponga nuestro nivel de renta (dependerá de la comunidad autónoma donde tengamos nuestro domicilio fiscal, situándose el máximo entre el 43,5 por 100 y el 48 por 100).

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