En el BOE del día 3 de diciembre se ha publicado el Real Decreto-ley 15/2025 mediante el cual, entre otras cosas, se ha aprobado un cambio en la fecha de entrada en vigor del reglamento que obliga a todos aquellos empresarios o profesionales que expidan facturas utilizando un sistema informático a generar un registro de facturación, que será remitido de forma inmediata a la Agencia Tributaria o bien quede custodiado por el contribuyente, pero asegurando que la factura no pueda alterarse.
Inicialmente, el sistema VeriFactu tenía dos entradas en vigor diferenciadas:
- Para las personas jurídicas (empresas), el 1 de enero de 2026.
- Para las personas físicas que ejercen una actividad económica (autónomos), la fecha era el 1 de julio de 2026.
El cambio publicado prorroga en un año la obligación en ambos casos. Por lo tanto, el sistema VeriFactu entrará en vigor para las personas jurídicas el 1 de enero de 2027, mientras que para las personas físicas lo hará el 1 de julio de 2027.
A estas alturas, la mayoría de los contribuyentes (sobre todo las personas jurídicas) ya habían adoptado las decisiones oportunas para asegurar el cumplimiento normativo. Esto implicó, en muchos casos, la adaptación de sus sistemas informáticos o la contratación de soluciones tecnológicas avanzadas con un coste económico relevante. En otros se ha optado por acogerse al Suministro Inmediato de información (SII) o de forma adicional al Registro de Devolución Mensual, lo que supondrá una carga administrativa relevante.
Lo verdaderamente lamentable es que esta decisión no responde a una falta de adaptación, sino que forma parte de una negociación política que ha generado una falta de claridad legal que termina afectando al contribuyente y desdibuja el esfuerzo y la inversión realizada por aquellos que buscaron cumplir diligentemente con los requisitos de programas de facturación exigidos por la Administración.
Desde la óptica de nuestra asesoría fiscal en Valencia, recomendamos utilizar este tiempo adicional no para demorar la adaptación, sino para revisar y perfeccionar la adecuación de los sistemas y procesos de facturación, garantizando una transición fluida al nuevo marco legal en 2027.

Se agradece que lo explique con fechas claras: al final, lo que más tranquiliza es saber que se retrasa un año y que el calendario queda mejor definido (sociedades primero y autónomos después). Aun así, el mensaje importante es no relajarse: muchas empresas ya estaban invirtiendo en adaptar sistemas y, si se deja para el final, volverán las prisas.