Rebaja en los módulos de agricultura 2025

módulos agricultura

¿Qué cambia con la Orden HAC/484/2026 para los módulos agrícolas?

La Orden HAC/484/2026, de 14 de mayo, publicada en el BOE del 18 de mayo de 2026, reduce los índices de rendimiento neto en el método de estimación objetiva del IRPF para determinadas actividades agrícolas y ganaderas que sufrieron circunstancias excepcionales durante el ejercicio 2025. La medida afecta directamente a la Renta 2025, cuyo plazo de presentación ya está en curso, y se aplica a explotaciones localizadas en zonas geográficas concretas que figuran en el anexo de la Orden.

Como viene siendo habitual cada año, una vez iniciado el período de presentación de la declaración de la renta, el Ministerio de Hacienda publica esta Orden específica para ajustar la tributación de las explotaciones agrícolas y ganaderas que han visto mermados sus rendimientos por causas ajenas a su actividad: sequías, inundaciones, plagas, epizootias u otras situaciones excepcionales acreditadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

El objetivo es que los contribuyentes acogidos al régimen de estimación objetiva (módulos) no tributen por un rendimiento que, en la práctica, no han obtenido. A continuación repasamos los aspectos más relevantes de esta Orden y cómo afecta a la declaración de la Renta 2025.

¿A quién afecta esta reducción de índices?

La Orden se dirige a los contribuyentes del IRPF que determinen el rendimiento neto de sus actividades agrícolas o ganaderas mediante el método de estimación objetiva y cuyas explotaciones se encuentren en las zonas afectadas por las circunstancias excepcionales recogidas en la norma.

En términos prácticos, esto incluye a agricultores y ganaderos que tributan por módulos y cuya actividad se desarrolla en alguno de los ámbitos territoriales que figuran en el anexo de la Orden. Las reducciones se aplican de forma diferenciada según la comunidad autónoma, la provincia y el tipo de actividad (cultivos herbáceos, frutales, olivar, viñedo, ganadería, etc.).

¿En qué consiste la reducción?

La medida sustituye los índices de rendimiento neto establecidos con carácter general en el Anexo I de la Orden HAC/1347/2024 (la Orden de módulos para 2025) por unos índices reducidos para las actividades y territorios afectados.

Esto significa que el rendimiento neto que se imputa al contribuyente será inferior al que correspondería aplicar con los módulos ordinarios, lo que se traduce en una menor tributación en el IRPF por esa actividad.

Conviene recordar que, además de esta reducción específica por circunstancias excepcionales, los contribuyentes en estimación objetiva pueden aplicar la reducción general del 5 % sobre el rendimiento neto de módulos que se mantiene vigente para el ejercicio 2025.

¿Dónde se puede consultar el listado completo?

El listado detallado de las reducciones, organizado por comunidades autónomas, provincias, ámbitos territoriales y tipo de actividad, se encuentra en el anexo de la Orden HAC/484/2026. Puede consultarse íntegramente en el texto publicado en el BOE.

Es importante que cada contribuyente o su asesor fiscal verifique si su actividad y localización geográfica están incluidas en el anexo, ya que las reducciones no se aplican de forma generalizada sino a zonas y cultivos concretos.

¿Cómo se aplica en la declaración de la Renta 2025?

La Orden entró en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE, es decir, el 19 de mayo de 2026, con efectos aplicables al período impositivo 2025. Los contribuyentes afectados deberán tener en cuenta estos índices reducidos al calcular el rendimiento neto de sus actividades agrícolas o ganaderas en la declaración de la Renta 2025.

Para quienes ya hayan presentado la declaración antes de la publicación de esta Orden, será necesario valorar si procede una rectificación de la autoliquidación en caso de que los nuevos índices reducidos les resulten más favorables.

¿Necesitas revisar cómo afecta esta Orden a tu explotación?

La aplicación correcta de los índices reducidos requiere verificar que la actividad y la ubicación de la explotación coinciden con las recogidas en el anexo de la Orden, calcular el rendimiento neto con los nuevos índices y, en su caso, rectificar la declaración si ya fue presentada. Desde nuestra asesoría fiscal en Valencia revisamos tu situación particular y nos encargamos de que la tributación de tu actividad agrícola o ganadera refleje correctamente las circunstancias del ejercicio.

Si tienes dudas sobre la aplicación de esta medida o necesitas ayuda con tu declaración de la renta, contacta con nosotros y te ayudaremos a resolverlo.

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