Inversiones para pagar menos impuestos de aquí a final de año.

El 1 de enero de 2015 entra en vigor la nueva&nbspreforma fiscal. Probablemente se estar&aacute preguntando c&oacutemo va afectar a sus ahorros y qu&eacute puede hacer para estar preparado. Vamos a tratar de sintetizar todas las acciones necesarias que se deber&iacutean hacer antes de que finalice el a&ntildeo y las que deber&iacutea reservar para el pr&oacuteximo a&ntildeo. Sea como fuere, conviene&nbspestar bien asesorado&nbspante cualquier acci&oacuten que afecte a nuestras inversiones.

Antes del 2015:

  • Si tiene necesidad fiscal de deducci&oacuten y por tanto tiene plan de pensiones, nuestra recomendaci&oacuten es que aporte el m&aacuteximo. No s&oacutelo hay que hacerlo ahora porque el l&iacutemite sea mayor que el a&ntildeo pr&oacuteximo, sino porque en el ejercicio 2014 la escala de gravamen es superior al 2015.
  • Si tiene activos adquiridos antes de 1994 y estaba pensando en venderlos, dese prisa. En 2015 empieza el periodo transitorio para terminar con los Coeficientes de Abatimiento
  • Si tiene hipoteca y puede aportar el m&aacuteximo permitido, no dude en hacerlo. En 2015 bajar&aacuten los grav&aacutemenes y la deducci&oacuten real ser&aacute menor.
  • Si se le presenta la oportunidad de cobrar dividendos procedentes de acciones: intente cobrarlos este a&ntildeo para aprovechar la exenci&oacuten de los primeros 1.500&euro, que desaparece en 2015.
  • Desh&aacutegase de las minusval&iacuteas latentes con duraci&oacuten inferior a un a&ntildeo. Ejemplo: si tiene rendimientos profesionales superiores a 40.000&euro y acciones adquiridas en menos de un a&ntildeo con unas p&eacuterdidas de 2.000&euro en caso de que espere al a&ntildeo pr&oacuteximo no podr&aacute compensar esa minusval&iacutea a menos de un a&ntildeo, pero si lo hace en 2014 podr&aacute compensarla.
  • Compense las minusval&iacuteas procedentes del a&ntildeo 2010 porque este a&ntildeo termina el plazo para hacerlo con ganancias patrimoniales de m&aacutes de un a&ntildeo.
  • Si est&aacute pensando alquilar un piso o cambiarse a otro de alquiler, h&aacutegalo antes de final de a&ntildeo, ya que mantendr&aacute la deducci&oacuten estatal del 10,05% en a&ntildeos posteriores. En 2015 la deducci&oacuten desaparece para los nuevos alquileres.
  • Si tiene acciones en empresas que no cotizan y est&aacute pensando en retirar el dinero, h&aacutegalo en 2014. Actualmente no tiene efecto y a partir de 2015 tributar&aacute como rendimiento de capital mobiliario.
  • Para las personas que tengan que tributar por el impuesto de patrimonio y su domicilio fiscal se encuentre en comunidades aut&oacutenomas donde el impuesto no est&eacute bonificado ser&iacutea importante invertir en productos que difieren el pago de impuestos en el tiempo como fondos de inversi&oacuten, ya que hay un l&iacutemite de pago conjunto entre IRPF e impuesto de patrimonio.

A partir de 2015:

  • Si tiene m&aacutes de 65 a&ntildeos y est&aacute pensando en vender, donar o permutar alg&uacuten bien distinto a la vivienda habitual, con plusval&iacutea, mejor esperar a 2015. As&iacute no tributar&aacute si el importe obtenido lo reinvierte en una renta vitalicia.
  • Espere a 2015-2016 para recuperar su plan de pensiones en forma de capital porque las tarifas se reducen.
  • Si tuvo en 2013 o en 2014 participaciones preferentes y se las canjearon por acciones con un rendimiento negativo que no ha podido compensar, le interesar&aacute venderlas si han acumulado plusval&iacuteas.
  • Difiera o aplace la imputaci&oacuten de rentas al a&ntildeo pr&oacuteximo. Los tipos ser&aacuten menores.
  • Si ha obtenido plusval&iacuteas, es mejor esperar al pr&oacuteximo a&ntildeo porque ya no se diferenciar&aacute entre corto y largo plazo.

Valorar los efectos fiscales de la reforma nos ayudar&aacute a sacar m&aacutes rentabilidad a nuestros ahorros y planificar adecuadamente nuestras inversiones.

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