Adiós a los seguros vinculados a las hipotecas

El proyecto de la nueva ley hipotecaria, que se está tramitando y que será aprobado a principios del 2018, pretende terminar con las prácticas abusivas de la banca, tales como la obligación de contratar seguros para la concesión del préstamo, o cuando negociamos para rebajar el diferencial del tipo de interés aplicado a la hipoteca.

El proyecto de ley aprobado en noviembre de 2017 por el Consejo de Ministros, trata de agilizar y hacer totalmente transparentes los trámites para la concesión de una hipoteca, con el objetivo de acabar con las prácticas abusivas que la banca venía desarrollando en la contratación de este tipo de productos.

La norma reduce el importe de las comisiones por cancelación anticipada, hasta su eliminación a partir del quinto año de la vida del préstamo, y elimina las comisiones por la conversión de préstamo fijo en préstamo variable. También rebajará los aranceles de registro y notaría.

Se refuerza la obligación de información del contenido del contrato dentro de los siete días anteriores a la firma de la hipoteca por parte del notario, con la exposición de las cláusulas de contenido abusivo u opacas.

La nueva ley hipotecaria prepara una prohibición expresa de las ventas vinculadas de productos financieros, entre ellos los seguros. Las entidades financieras deberán proponer a sus clientes préstamos con productos vinculados y sin ellos, permitiendo además que en el caso de los seguros, el cliente pueda contratar su póliza libremente en el mercado, cumpliendo los requerimientos de la entidad, sin que además, la entidad financiera pueda cobrar coste alguno por el análisis de las pólizas aportadas por el clientes, ni que la aceptación de la póliza propuesta por el cliente pueda suponer un empeoramiento de las condiciones del préstamo.

Otra de las novedades introducidas por la nueva ley son las condiciones necesarias para iniciar la ejecución de un préstamo hipotecario. Será necesario que se hayan producido nueve impagos mensuales o del 2 por ciento del capital concedido durante la primera mitad de la vida del préstamo.

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