Alta al sistema RED: Una obligación de los autónomos

Desde el 1 de octubre de 2018 entró en vigor, para todos los trabajadores autónomos, la obligación de realizar y gestionar por vía electrónica todos los trámites relacionados con la afiliación, la cotización y la recaudación de cuotas en el RETA, incluida la recepción y firma de notificaciones.

Sin embargo, existen algunas excepciones, es decir, quedarán excluidos de la obligación de alta en el Sistema Red, los siguientes grupos:

  • Profesionales dedicados a la tauromaquia.
  • Profesionales afiliados al Sistema de Empleados de Hogar.
  • Los autónomos que pertenezcan al grupo segundo y al grupo tercero del Régimen del Mar.

Para cumplir con esta obligación, se puede elegir entre dos canales para realizar las gestiones:

  • El Sistema Red (Remisión Electrónica de Datos), en el que un autorizado actúa en representación del trabajador autónomo.
  • La Sede Electrónica (SEDESS), si efectúa directamente los tramites el propio autónomo sede.seg-social.gob.es

En caso de optar por la gestión a través de Sede Electrónica, se debe de disponer de un sistema de identificación que garantice y asegure la identidad del trabajador autónomo para acceder a los servicios de la seguridad social, estos sistemas son:

  • Certificado Digital
  • DNIe
  • Cl@ve

Las oficinas de la Seguridad Social facilitan el registro en el Sistema Cl@ve y el certificado de persona física de la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), previa solicitud en la página www.sede.fnmt.gob.es

Importante: Hay que comunicar y tener actualizados los datos de contacto para recibir información y avisos de notificaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social.

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