Desde el 1 de octubre de 2018 entró en vigor, para todos los trabajadores autónomos, la obligación de realizar y gestionar por vía electrónica todos los trámites relacionados con la afiliación, la cotización y la recaudación de cuotas en el RETA, incluida la recepción y firma de notificaciones.
Sin embargo, existen algunas excepciones, es decir, quedarán excluidos de la obligación de alta en el Sistema Red, los siguientes grupos:
- Profesionales dedicados a la tauromaquia.
- Profesionales afiliados al Sistema de Empleados de Hogar.
- Los autónomos que pertenezcan al grupo segundo y al grupo tercero del Régimen del Mar.
Para cumplir con esta obligación, se puede elegir entre dos canales para realizar las gestiones:
- El Sistema Red (Remisión Electrónica de Datos), en el que un autorizado actúa en representación del trabajador autónomo.
- La Sede Electrónica (SEDESS), si efectúa directamente los tramites el propio autónomo sede.seg-social.gob.es
En caso de optar por la gestión a través de Sede Electrónica, se debe de disponer de un sistema de identificación que garantice y asegure la identidad del trabajador autónomo para acceder a los servicios de la seguridad social, estos sistemas son:
- Certificado Digital
- DNIe
- Cl@ve
Las oficinas de la Seguridad Social facilitan el registro en el Sistema Cl@ve y el certificado de persona física de la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), previa solicitud en la página www.sede.fnmt.gob.es
Importante: Hay que comunicar y tener actualizados los datos de contacto para recibir información y avisos de notificaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social.